Temas de Semana Santa (II de IV
17 abril, 2025 Deja un comentario
Al analizar el papel del Estado en la economía, Juan XXIII escribió que uno de sus deberes ineludibles es intervenir a tiempo a fin de contribuir a producir bienes materiales en abundancia. Además, constituye una obligación del Estado “vigilar que los contratos de trabajo se regulen con justicia y equidad” y que en los ambientes laborales “no sufra mengua ni el cuerpo ni el espíritu, la dignidad de las personas humanas”. El rechazo de la acumulación de riquezas por particulares planteada en infinidad de documentos oficiales de la Iglesia, se aplica igualmente al Estado o al Gobierno.
La norma de fijación del ámbito de esa intervención gubernamental es el principio de la subsidariedad, que ya había enunciado Pío XI en Cuadragesimo Anno y que ha servido de guía a los papas sucesivos. En esencia, este principio de subsidariedad reconoce únicamente el derecho del Gobierno a hacerse cargo de iniciativas necesarias para proteger la justicia, en todos los órdenes que excedan en todo caso la capacidad de los individuos o grupos privados.


