Padres no podrán ponerles nombres confusos a sus hijos ni denigrantes, según nueva ley
4 febrero, 2023 Deja un comentario
SANTO DOMINGO.- La nueva ley que regula los actos del estado civil prohíbe que los padres asignen a sus hijos nombres que atenten contra la dignidad, que generen confusión sobre el sexo de la persona, y que ya posea uno de los hermanos.
La Ley 4-23 autoriza a los oficiales del estado civil a negar la asignación de los nombres que están restringidos, al momento de registrar la declaración del nacimiento.
“Los nombres que se le otorguen a una persona no podrán atentar contra la dignidad ni objetivamente perjudicar ni crear confusión en cuanto a la identificación del sexto de la persona”, establece el artículo 74 a ley 4-23.









