Sentencia SCJ: “En un accidente de tránsito es responsable el comprador del vehículo y no el vendedor»
4 julio, 2022 Deja un comentario
SANTO DOMINGO.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) refrendó el criterio jurisprudencial de que, frente a un accidente de tránsito ocasionado por un vehículo vendido bajo el sistema de venta condicional de muebles, es responsable el comprador y no el vendedor, siempre que el contrato se haya registrado previo al accidente.
La sentencia núm. SCJ-SS-22-0004, de fecha 31 de enero de 2022, de la referida Sala explica en sus motivaciones lo establecido en e artículo 17 de la Ley núm. 483 sobre Ventas Condicionales de Muebles, que indica que los riesgos corren a cuenta del comprador, desde el día de la venta.









