Empresa recusa jueza conoce litis en el caso Bahía de las Águilas

Rafael Helena Regalado y Ricardo Soto SuberoSANTO DOMINGO.- Los doctores Rafael Helena Regalado y Ricardo Soto Subero actuando a nombre de la empresa Global Multibussines Corporation SRL, se querellaron por ante el Consejo del Poder Judicial contra la jueza que conoce el caso Bahía de las Águilas, magistrada Alba Luisa Beard Marcos.

Los juristas alegan en su instancia, que la jueza al ser designada por el Consejo del Poder Judicial no está facultada para conocer de dicho caso en virtud de que ese organismo no está facultado por ninguna Ley para tales fines, ya que esa prerrogativa le corresponde exclusivamente al presidente del Tribunal Superior de Tierras, debido a que este caso, se ventila bajo el rigor de la Ley 1542 de 1947 por ser un caso en estado de liquidación y que en el hipotético caso de que se conociera bajo el amparo de la ley 108-05, tampoco le corresponde al Consejo del Poder Judicial designar a un juez para que conozca de un caso.

Afirmaron los abogados, que la jueza al conocer la Litis Bahía de las Águilas y fallar ordenando medidas de instrucción, la sentencia rendida es susceptible de ser atacada por el recurso de la apelación, el cual fue incoado y trae como consecuencia la suspensión de la Litis, en razón a que dicho recurso le fue formalmente notificado mediante acto de alguacil al Procurador General de República, al abogado del Estado y al Instituto Agrario Dominicano, cuestión que se le impone al juez.

Helena Regalado y Soto Subero explicaron que la magistrada Beard Marcos al ponderar, instruir y fallar el asunto como lo hizo transgredió los principios de imparcialidad, integridad, prudencia, responsabilidad, se extra limitó en sus funciones, cometió abuso de autoridad y exceso de poder, consagrados por el Código de comportamiento ético del Poder Judicial en sus artículos 10, 21 y 65, numerales 1 y 9, los artículos 66 numeral 2 de la Ley 327-98, sobre carrera judicial y los artículos 2, 3 y 11 del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial y la ley 28-11.

Dijeron los letrados, que se vieron precisados a recusar nueva vez a la jueza por haber dado connotación de extrema parcialidad a favor del Ministerio Público representado por el Procurador General de la República, el Abogado del Estado y el Instituto Agrario Dominicano (IAD).

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