Organizaciones solicitan declarar constitucional artículo 85, párrafo III, del CPP

TCSANTO DOMINGO.-Varias organizaciones piden al Tribunal Constitucional declarar la constitucionalidad del artículo 85, párrafo III, del Código Procesal Penal, que da potestad a cualquier ciudadano para querellarse contra los funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones cometan hechos punibles o violaciones de derechos humanos.

Las entidades, encabezada por el Centro Juan XXIII, alegan que, como ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil, hacen la petición y exhortaron a los de demás ciudadanos y organizaciones civiles a firmar y promover la solicitud a la alta corte a través de la página Change.org. 

Ente sus argumentos, señalan que el artículo 74.1 constitucional establece que la interpretación y reglamentación de los derechos y garantías fundamentales, reconocidos en la Constitución, «no tienen carácter limitativo y, por consiguiente, no excluyen otros derechos y garantías de igual naturaleza».

Cita, asimismo, la parte 75.12 que consagra como un deber fundamental del ciudadano: «Velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública».

En ese sentido, entiende que toda limitación a la participación activa del ciudadano a reclamar como querellante justa reparación ante la justicia constituye una restricción al ejercicio de un deber fundamental.

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