Juez se inhibe del amparo contra Superintendencia de Seguros

justiciaSANTO DOMINGO. El juez de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, Rafael Ciprián, presentó su inhibición en el conocimiento de una acción de amparo incoada por Diario Libre y su director, Adriano Miguel Tejada, en contra de la Superintendencia de Seguros, en su condición de liquidadora oficial de la empresa de seguros Segna S. A.

El magistrado acogió una petición de los abogados de la parte accionante, Eduardo Jorge Prats, María José Maldonado, Manuel A. Silverio Reynoso y Rachel Hernández.

«El magistrado Rafael Ciprián tiene a bien precisar que se fundamentó en la amistad que me une honrosamente al doctor Euclides Gutiérrez Félix, Superintendente de Seguros, con rango de Secretario de Estado». Argumentó que también es amigo personal de Jorge Prats, quien planteó la solicitud de inhibición.

Asimismo, el magistrado afirmó que es amigo también de Adriano Miguel Tejada, director de DL, que actúa como accionante en el amparo. Consideró que los jueces no son dioses ni semidioses, en una torre de marfil que los aleje de su comunidad, a la que deben acercarse para ser magistrados democráticos de estos tiempos, «lo que implica mantener vínculos de amistad múltiples».

Ciprián dice que como se ha reconocido en el tribunal, y agradeciendo los términos en que se ha solicitado su inhibición, así como las posiciones asumidas por la parte de accionada, representada por Luis Miguel Pereyra, y el procurador administrativo, David Betances, quienes pidieron que se rechace, por estimar que ese derecho le corresponde al juez, se abstiene de participar en el caso.

Ciprián aseguró que en una Justicia democrática, el juez está obligado a proporcionar paz, seguridad y tranquilidad a las partes litigantes, por cuanto es un tercero imparcial en el proceso. «Y que si esa tranquilidad no le es producida a cualquiera de las partes, al cual el juez le conoce su proceso, esto da lugar a una quiebra de la confianza y credibilidad que debe existir en un proceso judicial».

Consideró que en virtud del debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa, debe garantizar a la parte accionante el derecho a sentirse confiada en el resultado del proceso.

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