Los directivos Concejo Municipal ayuntamiento Pedro Brand y el jefe de los Bomberos.

PEDRO BRAND.- El artículo 53 de la ley 176-07 que trata sobre los ayuntamientos y el Distrito Nacional expresa claramente lo siguiente: El Presidente(a) y Vicepresidente(a) del Concejo Municipal son elegidos anualmente, pudiendo ser reelectos.
Visto así lo anterior, se concluye que la presidenta y el vicepresidente del Concejo edilicio del ayuntamiento de Pedro Brand se encuentran ejerciendo los mismos de manera irregular, toda vez que estos ya cesaron en sus funciones por el tiempo para el cual fueron elegidos, y que culminó el pasado 16 de agosto cuando debieron haber sesionado como es mandato de ley para elegir el nuevo bufete directivo de ese organismo.
En la citada fecha, ni en otra posterior, la Sala Capitular en este municipio a vuelto a reunirse para que los sietes regidores que componen la matrícula de ese hemiciclo sometan a votación y elegir a quién de todos ellos le correspondería asumir los cargos en caso de que no repitiesen los actuales.
EL NOMBRAMIENTO DEL JEFE DE LOS BOMBEROS
Otra irregularidad que también prevalece a expensa del Concejo Municipal es lo relativo a la ratificación del nuevo Intendente general del Cuerpo de Bomberos de este municipio, luego que el anterior renunciase del cargo por problemas de salud, asumiendo el sub-intendente profesor Eugenio de la Cruz, quien fue juramentado en el puesto por el alcalde municipal Ramón Pascual Gómez Abreu (El Mello), pero que está pendiente de que sea conocido su nombramiento por la Sala Capitular para su ratificación.
Consideramos necesario que lo mas urgente posible como el caso lo amerita, la presidencia del Consejo proceda a convocar a los regidores para que se cumpla con este requisito de ley.
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