AMET aclara remolque de vehículos esta reglamentado por resolución ayuntamiento D.N.

AMETSANTO DOMINGO.-La Autoridad Metropolitano de Transporte (AMET) dijo hoy que el remolque de vehículos hacia diferentes parqueos abiertos en la capital es el resultado de un acuerdo suscrito por la institución con el Ayuntamiento del Distrito Nacional, en septiembre de 2004, organismo cuya Sala Capitular aprobó la medida por resolución.

La aclaración fue hecha este miércoles por la AMET a propósito de la reacción de algunos conductores que cuestionan la iniciativa de la entidad policial, la que destacó está amparada por las leyes 241, Sobre Tránsito; 3456, de Organización del Distrito Nacional; y 5622, Sobre Autonomía Municipal.

“No es cierto que la AMET y el ADN estén actuando al margen de las normas establecidas. Todo lo contrario, lo que estamos haciendo está amparado en el mandamiento de las leyes vigentes y de la Resolución 105-2004, dictada por la Sala Capitular el 22 de septiembre de 2004”, dijo. Todo está consignado en los artículos 81 y 92 de la Ley de Transito, destacó.

Un comunicado emitido por el oficial de prensa de la AMET, Roberto Lebrón, especifica que se trata de un acuerdo interinstitucional firmado el 6 de septiembre de 2004 entre el actual alcalde de la ciudad, Roberto Salcedo, y el entonces director de la entidad responsable de ordenar el tránsito,  José Sigfredo Fernández Fadúl.

La aclaración hecha por AMET surge a propósito de los cuestionamientos hechos por algunos comunicadores en el sentido de que “nosotros estamos actuando al margen de la ley, igual que el Cabildo”, consideraciones que son inexactas. Lo ilegal es, agregó, que los conductores estacionen sus vehículos en las áreas señaladas por la Ley 241.

La citada Resolución del ADN regulariza el estacionamiento de vehículos en lugares prohibidos, sobre todo en las aceras e isletas, medida adoptada por el cabildo a partir de un informe rendido por la Comisión de Tránsito y Seguridad del organismo. Eso significa que “estamos actuando con apego a las legislaciones vigentes”, añadió.

Citó el artículo 81 de la Ley 241, en el que se prohíbe parar automóviles sobre las aceras, dentro del área formada por el cruce de calles y carreteras, dentro de una distancia de 5 metros de una boca de incendio o hidrante, sobre el paseo de los peatones y dentro de una distancia de 6 metros de una construcción determinada.

Y está prohibido estacionarse, agregó Lebrón, dentro de una distancia de 10 metros antes y después e un semáforo de luz fija o intermitente, a una distancia de 20 metros del riel más cercano  de un cruce de ferrocarril, paralelo o al lado opuesto a una excavación, paralelo o contiguo a un vehículo parado en una vía pública.

Está prohibido estacionarse, además, sobre puentes o estructuras elevada en las carreteras, a más de 30 centímetros del borde de la acerca o contén, “en los sitios específicamente prohibidos por las señales oficiales”. Nadie puede estacionar su auto “en una calzada mas que del lado de la dirección de transito que a él le corresponda”.

Esas especificaciones, agregó el funcionario de AMET, se cumple de manera estricta, razón por la cual en los casos del Distrito Nacional, los automóviles son llevados en grúas al estacionamiento habilitado en la Avenida Independencia esquina Máximo Gómez, así como al Canódromo El Coco, en la Avenida Monumental.

Indicó que está prohibido estacionar vehículos frente a acuarteles de bomberos, a menos de un metro de salida y entrada de garajes, frente a un templo religioso, escuelas, cines, hospitales, teatros, bancos, estaciones de gasolina y lugares donde se celebren actos públicos, en paradas de automóviles de transporte públicos y en curvas cerradas.

Destacó que el artículo 92 de la Ley 241-1967, dice que cuando se estacionare un vehículo en contravención “la Policía hará las diligencias razonables en el área inmediata para localizar su conductor y lograr que este lo remueva”, pero si logra ubicarlo procederá remover el automóvil por cualquier medio a un lugar visible.

La disposición especifica que la Policía removerá el vehículo, como lo hace en este momento, “mediante el uso de grúa u otros aparatos mecánicos o por cualquier otro medio adecuado”, con la precaución debida para no causarle daños hacia un lugar del municipio destinado para ese fin, agregó.-

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