Jueces TSE ordenan a la Junta Central Electoral depositar en ese tribunal resolución de cierre oficinas en el exterior.
19 febrero, 2013 Deja un comentario
SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE), ordenó este martes a la Junta Central Electora (JCE) depositar ante ese juzgado la resolución que dispone el cierre de las oficinas de servicios administrativos en los Estados Unidos y Europa, por alegados problemas económicos.
El tribunal, presidido por el magistrado Mariano Rodríguez e integrado además por José Manuel Hernández Peguero, Marino Mendoza, Mabel Feliz y John Guiliani, tomó la decisión tras acoger un pedimento presentado por los abogados de la Corporación de Partidos Políticos de América Latina (COPOLA) y la Filial de New Jersey del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).
También el tribunal fijó para el 26 de este mes el conocimiento del recurso de amparo presentado por los abogados Valentín Medrano y Darío Nin, quienes buscan con dicho recurso la reapertura de esas oficinas.
El tribunal, tras reenviar la audiencia, pidió al abogado de la JCE, Pedro Reyes Calderón depositar la referida resolución el lunes 25 al mediodía, para que los abogados que presentaron el recurso de amparo tomen conocimiento de la pieza que dispuso de manera unilateral cerrar las oficinas de registro para votantes en el exterior (OPREE), las oficinas civiles, centros de cedulación y oficinas de servicios administrativos en los Estados Unidos y Europa.
El doctor Valentín Medrano Peña, abogado de los accionantes, saludó la decisión del TSE, por entender que la misma es correcta por existir un documento emitido por la JCE, que ordenó el cierre de las oficialías civil en el exterior afectando a más de 2 millones de dominicanos que residen en los Estados Unidos y Europa, entre otras naciones.
Añade que esa decisión de la JCE afecta los derechos de esos ciudadanos y que están consagrados en la Constitución de la República.
Entiende que la decisión del TSE impone a la JCE que deberá depositar el documento en original ante este juzgado, a los fines que los accionantes puedan adquirir conocimientos, y por vía de consecuencia hacer los reparos.
Mientras que los abogados de la JCE, introdujeron una excepción de incompetencia ante el plenario del TSE, en el entendido de que el Tribunal Electoral no es competente para conocer dicha acción inconstitucional de amparo.
Señalan que el órgano para conocer esta acción inconstitucional, es el Tribunal Contencioso Administrativo, y no el TSE.
En tanto, el doctor Medrado Peña dijo que eso no es así, al explicar que cuando se ejerce la acción inconstitucional de amparo, se busca resarcir un derecho constitucional que haya sido conculcado.
Indicó que con la medida de la JCE, hay varios derechos que han sido conculcados, como es elegir y ser elegidos; el segundo, es el derecho a la dominicana; y el tercero, es la afectación administrativa. Tienen derechos a conocer de este caso el TSE, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Contencioso Administrativo.

