Abogado Julio Cury califica «lastimosa» decisión TSE anula resolución CP del Partido Revolucionario Dominicano
29 junio, 2012 Deja un comentario
SANTO DOMINGO.- Como «lastimosa» calificó el abogado Julio Cury, la sentencia que dictó el Tribnal Superior Electoral (TSE) que deja sin efecto jurídico la resolución de la Comisiópn Política del Partido Revolucionario Dominicano, PRD, de la facción Hipólito Mejía, en la que se suspende al presidente de esa organización, el ingeniero Miguel Vargas Maldonado y se expulsa a otros sietes de sus colaboradores.
Cury, abogado del ex presidente Mejía, dijo que el TSE se ha convertido en el hazmerreír de los tribunales por su incapacidad de fundamentar sus decisiones.
“Las dos que ha dictado con motivo de este proceso han carecido de tino y rigor jurídicos. Imagínese usted que desconocieron algo tan elemental como que el amparo es una vía abierta únicamente para preservar o restituir derechos fundamentales, una categoría de los derechos constitucionales que no tiene, ni por asomo, la membresía de un partido político”, agregó el letrado.
El TSE consideró, para justificar la decisión criticada por Cury, que permitirle a un grupo la capacidad de convocar una reunión de un órgano de dirección, al margen del presidente, contribuiría al caos y la ingobernabilidad. Sin embargo, el renombrado jurista señaló que si bien es verdad que, en principio, todo Presidente goza de autoridad para convocar juntas, excepcionalmente puede también hacerlo una determinada parte de los miembros.
“Es falso que se precise, como juzgó el TSE, la negativa previa del Presidente a hacerlo. Su desidia es suficiente; existen centenares de reglamentos de instituciones públicas y universitarias, e incluso regímenes de condominio, en virtud de los cuales se le reconoce competencia a una mayoría calificada para convocar asambleas”, sostuvo.
Puso de ejemplo el artículo 57 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que contempla la potestad que tiene el 10 por ciento de su matricula para convocar extraordinariamente sesiones en ese hemiciclo, y también el artículo 43 del Reglamento del Senado, que según Cury faculta al 33% de los Senadores a hacer lo propio.
Resaltó que el TSE “se arrogó atribuciones que no le confieren la Constitución ni las leyes, y dictaron a su gusto y capricho una decisión vergonzosa que reafirmó que algunos de sus miembros carecen de nociones básicas de Derecho Público. En verdad, a mí no me sorprendería que dispongan en cualquier momento la reposición del ex presidente de Paraguay, Fernando Lugo”.

